CálculoLaboral
Actualizado 2026
Calculadoras 2026 · Ley Federal del Trabajo

¿Cuánto te toca de finiquito o liquidación?

Calcúlalo gratis en menos de 1 minuto, ya sea por renuncia o si te despidieron. Con base en la Ley Federal del Trabajo y los valores oficiales vigentes para 2026.

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Solo 2026. Si tu baja fue en un año anterior, los valores oficiales de ese año eran distintos: consulta la PROFEDET.
Opciones avanzadas (opcional)
Total estimado de tu finiquito
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ConceptoMonto
Esto es una estimación, no asesoría legal. El cálculo se basa en la Ley Federal del Trabajo y en los valores oficiales 2026 (UMA $117.31, salario mínimo $315.04 / frontera $440.87). Tu pago real puede variar según tu contrato, prestaciones superiores a la ley, el salario diario integrado exacto y la interpretación de tu caso. Para un cálculo con validez legal, consulta a la PROFEDET (gratuita) o a un abogado laboral.

¿Qué sigue?

Si tu patrón no está de acuerdo con este cálculo:

  1. Pide a Recursos Humanos tu desglose por escrito.
  2. Compáralo con este, concepto por concepto.
  3. Si no llegan a un acuerdo, acude gratis a la PROFEDET.

¿Otra cuenta? Elige tu cálculo

Cinco calculadoras gratuitas, con la ley y los valores oficiales 2026.

Fuentes oficiales: Ley Federal del Trabajo · INEGI · CONASAMI · PROFEDET · Última revisión: febrero 2026 · Cómo calculamos

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¿Finiquito o liquidación? No son lo mismo

El finiquito se paga en cualquier terminación laboral (renuncia, despido o fin de contrato) y cubre lo que ya ganaste: días trabajados, aguinaldo proporcional, vacaciones no disfrutadas y prima vacacional.

La liquidación solo aplica cuando el despido es injustificado (responsabilidad del patrón, Art. 47–48 LFT). Incluye todo el finiquito más la indemnización: 3 meses de salario (Art. 48) y la prima de antigüedad (Art. 162). Los 20 días por año del Art. 50 no aplican en todos los casos: revisa cuándo te corresponden.

Qué incluye cada uno

Renuncia: ¿me toca prima de antigüedad?

Sí, pero solo si tienes 15 años o más de antigüedad (Art. 162). En un despido injustificado se paga sin importar los años trabajados.

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Guías para entender tus derechos

Cada guía está escrita leyendo directo la Ley Federal del Trabajo, artículo por artículo. Sin adornos y sin números inventados.

→ Ver todas las guías

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Preguntas frecuentes

¿El cálculo usa mi salario diario o el integrado?

El finiquito (aguinaldo, vacaciones) se calcula con tu salario diario. La indemnización de la liquidación (los 3 meses y, cuando aplican, los 20 días por año) se calcula con el Salario Diario Integrado (SDI), que suma la parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional. Esta calculadora estima tu SDI automáticamente; si conoces el exacto puedes verlo en el desglose.

¿Cuándo deben pagarme?

La ley no fija un plazo exacto, pero el pago debe hacerse al terminar la relación laboral. Lo que sí tiene fecha son tus plazos para reclamar: 2 meses si te despidieron (Art. 518). Ver cuál es el plazo para pagar el finiquito y qué hacer si no te pagan.

¿El finiquito paga impuestos (ISR)?

Sí, algunos conceptos, y esta calculadora ya estima esa retención. El aguinaldo y la prima vacacional tienen su parte exenta (30 y 15 UMA); la indemnización por despido está exenta hasta 90 UMA por año de servicio (Art. 93 de la Ley del ISR) y al excedente se le aplica la tasa de tu último sueldo mensual (Art. 96). En el desglose verás el total bruto, el ISR estimado y el neto aproximado.