CálculoLaboral
Actualizado 2026

Calculadora de Vacaciones y Prima Vacacional 2026

¿Cuántos días te tocan y cuánto es tu prima vacacional? Calcúlalo con la tabla oficial de Vacaciones Dignas (Art. 76 LFT).

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Te corresponden
0 días
ConceptoMonto
Esto es una estimación, no asesoría legal. Cálculo basado en la tabla de Vacaciones Dignas (Art. 76 LFT, vigente desde 2023) y la prima vacacional mínima de 25% (Art. 80). Tu empresa puede otorgar prestaciones superiores a la ley.

Fuentes oficiales: Ley Federal del Trabajo · INEGI · CONASAMI · PROFEDET · Última revisión: febrero 2026 · Cómo calculamos

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Tabla de vacaciones por antigüedad 2026 (Vacaciones Dignas)

Desde el 1 de enero de 2023, la reforma de Vacaciones Dignas aumentó los días mínimos de vacaciones. Esta es la tabla oficial vigente en 2026 según el Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo:

Años de antigüedadDías de vacaciones

A partir del sexto año, los días aumentan en 2 por cada 5 años de servicio (quinquenio).

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¿Cómo se calcula la prima vacacional?

La prima vacacional es un pago adicional de al menos el 25% sobre el salario de los días de vacaciones que te corresponden (Art. 80 LFT). Fórmula:

Prima vacacional = días de vacaciones × salario diario × 25%

Ejemplo 2026: cuánto es la prima con un sueldo de $15,000

La prima vacacional es un pago adicional a tu salario: 25% de lo que ganas durante tus días de vacaciones. Así queda con un sueldo mensual de $15,000 (salario diario de $500.00).

AntigüedadDías (Art. 76)Pago de esos díasPrima vacacional 25%
1 año12 días$6,000$1,500
2 años14 días$7,000$1,750
3 años16 días$8,000$2,000
4 años18 días$9,000$2,250
5 años20 días$10,000$2,500
6 a 10 años22 días$11,000$2,750
11 a 15 años24 días$12,000$3,000
16 a 20 años26 días$13,000$3,250

La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 UMA, es decir $1,759.65 en 2026 (artículo 93 de la Ley del ISR). Solo el excedente se grava. Para tu caso exacto usa la calculadora de arriba.

Tus derechos, artículo por artículo

No te las pueden pagar en lugar de dártelas

El artículo 79 es tajante: las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Descansar es el derecho; el dinero no lo sustituye. La única excepción que marca la ley es cuando la relación de trabajo termina antes de cumplir el año, en cuyo caso te corresponde la parte proporcional en dinero, y eso entra en tu finiquito.

Al menos 12 días seguidos, y tú decides cómo repartir el resto

Desde la reforma de Vacaciones Dignas, el artículo 78 establece que del total que te toca debes disfrutar doce días continuos por lo menos, y que ese periodo, a potestad de la persona trabajadora, podrá distribuirse en la forma y tiempo que ésta requiera. La decisión de cómo repartirlas es tuya, no de la empresa.

Te las deben dar dentro de los 6 meses siguientes

El artículo 81 obliga al patrón a concederlas dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de tu año de servicios. Además, cada año debe entregarte una constancia con tu antigüedad, el periodo de vacaciones que te corresponde y la fecha en que debes disfrutarlo. Si nunca has recibido esa constancia, puedes pedirla.

Situaciones frecuentes

Guías relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Cuándo me pagan la prima vacacional?

Se paga junto con tus vacaciones, en la fecha en que las tomas. Si sales de la empresa sin tomarlas, se incluye en tu finiquito.

¿Los días de vacaciones son hábiles o naturales?

El Artículo 76 de la LFT habla de días laborables (hábiles). Tus días de descanso semanal y los días de descanso obligatorio (feriados) no se cuentan dentro del periodo, así que en la práctica disfrutas más días seguidos.

¿Qué pasa con mis vacaciones si renuncio?

Tienes derecho a que te paguen las vacaciones proporcionales no disfrutadas más su prima. Calcúlalo en nuestra calculadora de finiquito.