Tabla de vacaciones por antigüedad 2026 (Vacaciones Dignas)
Desde el 1 de enero de 2023, la reforma de Vacaciones Dignas aumentó los días mínimos de vacaciones. Esta es la tabla oficial vigente en 2026 según el Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo:
| Años de antigüedad | Días de vacaciones |
|---|
A partir del sexto año, los días aumentan en 2 por cada 5 años de servicio (quinquenio).
¿Cómo se calcula la prima vacacional?
La prima vacacional es un pago adicional de al menos el 25% sobre el salario de los días de vacaciones que te corresponden (Art. 80 LFT). Fórmula:
Prima vacacional = días de vacaciones × salario diario × 25%
Ejemplo 2026: cuánto es la prima con un sueldo de $15,000
La prima vacacional es un pago adicional a tu salario: 25% de lo que ganas durante tus días de vacaciones. Así queda con un sueldo mensual de $15,000 (salario diario de $500.00).
| Antigüedad | Días (Art. 76) | Pago de esos días | Prima vacacional 25% |
|---|---|---|---|
| 1 año | 12 días | $6,000 | $1,500 |
| 2 años | 14 días | $7,000 | $1,750 |
| 3 años | 16 días | $8,000 | $2,000 |
| 4 años | 18 días | $9,000 | $2,250 |
| 5 años | 20 días | $10,000 | $2,500 |
| 6 a 10 años | 22 días | $11,000 | $2,750 |
| 11 a 15 años | 24 días | $12,000 | $3,000 |
| 16 a 20 años | 26 días | $13,000 | $3,250 |
La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 UMA, es decir $1,759.65 en 2026 (artículo 93 de la Ley del ISR). Solo el excedente se grava. Para tu caso exacto usa la calculadora de arriba.
Tus derechos, artículo por artículo
No te las pueden pagar en lugar de dártelas
El artículo 79 es tajante: las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Descansar es el derecho; el dinero no lo sustituye. La única excepción que marca la ley es cuando la relación de trabajo termina antes de cumplir el año, en cuyo caso te corresponde la parte proporcional en dinero, y eso entra en tu finiquito.
Al menos 12 días seguidos, y tú decides cómo repartir el resto
Desde la reforma de Vacaciones Dignas, el artículo 78 establece que del total que te toca debes disfrutar doce días continuos por lo menos, y que ese periodo, a potestad de la persona trabajadora, podrá distribuirse en la forma y tiempo que ésta requiera. La decisión de cómo repartirlas es tuya, no de la empresa.
Te las deben dar dentro de los 6 meses siguientes
El artículo 81 obliga al patrón a concederlas dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de tu año de servicios. Además, cada año debe entregarte una constancia con tu antigüedad, el periodo de vacaciones que te corresponde y la fecha en que debes disfrutarlo. Si nunca has recibido esa constancia, puedes pedirla.
Situaciones frecuentes
- "Es temporada alta, no puedes irte." La empresa puede acordar fechas contigo, pero no puede negarte indefinidamente el periodo ni empujarlo más allá de lo que marca el artículo 81.
- "Si no las tomas, se pierden." No se pierden solas. Tu derecho a reclamarlas prescribe en un año contado desde que son exigibles, así que no lo dejes correr.
- Renuncié o me despidieron. Te pagan los días proporcionales no disfrutados más su prima, dentro del finiquito o de la liquidación.
- Trabajo por temporada o de forma discontinua. El artículo 77 te da vacaciones en proporción a los días trabajados en el año.
- Mi empresa da más días. Es válido: la ley marca mínimos. Captura tu antigüedad real y compara el resultado con lo que te ofrecen.
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo me pagan la prima vacacional?
Se paga junto con tus vacaciones, en la fecha en que las tomas. Si sales de la empresa sin tomarlas, se incluye en tu finiquito.
¿Los días de vacaciones son hábiles o naturales?
El Artículo 76 de la LFT habla de días laborables (hábiles). Tus días de descanso semanal y los días de descanso obligatorio (feriados) no se cuentan dentro del periodo, así que en la práctica disfrutas más días seguidos.
¿Qué pasa con mis vacaciones si renuncio?
Tienes derecho a que te paguen las vacaciones proporcionales no disfrutadas más su prima. Calcúlalo en nuestra calculadora de finiquito.