CálculoLaboral Actualizado 2026

Metodología de cálculo

Así calculamos cada concepto, con sus fórmulas y los artículos de la ley en que se basan. Sin caja negra.

Valores oficiales que usamos (2026)

ConceptoValor 2026
UMA diaria (INEGI, vigente 1 feb)$117.31
Salario mínimo general (CONASAMI)$315.04 / día
Salario mínimo Frontera Norte$440.87 / día
Aguinaldo mínimo (Art. 87)15 días
Prima vacacional mínima (Art. 80)25%
Prima de antigüedad (Art. 162)12 días/año

Fórmulas

Salario diario

Salario mensual ÷ 30.

Aguinaldo proporcional (Art. 87)

15 días × (días trabajados en el año ÷ 365) × salario diario.

Vacaciones y prima vacacional (Art. 76 y 80)

Los días corresponden a la tabla de Vacaciones Dignas según tu antigüedad. La prima vacacional = días de vacaciones × salario diario × 25%. En finiquito se pagan las vacaciones proporcionales no disfrutadas.

Indemnización por despido injustificado (Art. 48 y 50)

3 meses = 90 días × salario diario integrado (SDI). Más 20 días por año completo × SDI. El SDI integra la parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional al salario diario.

Prima de antigüedad (Art. 162)

12 días por año × salario diario, con el salario topado a 2 veces un valor de referencia. La ley menciona el salario mínimo; un criterio común usa la UMA. Como existe debate jurídico, mostramos ambas opciones en la calculadora para que veas el impacto. En renuncia, solo aplica con 15 o más años de servicio.

Cómo contamos la antigüedad

Calculamos los años completos por aniversario (no por una simple división de días), para evitar desfases por años bisiestos. La fracción del año en curso se usa para los conceptos proporcionales.

Política de actualización

Las cifras se revisan en enero/febrero de cada año, cuando se publican la nueva UMA (INEGI) y el salario mínimo (CONASAMI). La fecha vigente aparece en la insignia "Actualizado" en la parte superior de cada página.

Limitaciones

Nuestros resultados son estimaciones brutas con fines informativos. No incluyen retenciones de ISR ni prestaciones superiores a la ley que tu empresa pueda otorgar. No sustituyen la asesoría de un profesional. Para un cálculo con validez legal, consulta a la PROFEDET.